El Impuesto Mínimo Global (Pillar II) en Argentina
¿El Impuesto Mínimo Global (Pilar II) afecta a las empresas en Argentina?
El nuevo escenario fiscal internacional trae consigo el Impuesto Mínimo Global del 15% impulsado por la OCDE. Al analizar la teoría frente a la realidad de nuestro país, se observa un escenario particular:
Sin ley local (por ahora): Aunque Argentina forma parte del acuerdo global, todavía no cuenta con una ley propia de impuesto complementario (QDMTT). El fisco local no cobra este tributo de forma directa.
La paradoja de los incentivos: La tasa nominal del Impuesto a las Ganancias en Argentina es del 35%, pero regímenes como el RIGI o la Ley de Economía del Conocimiento otorgan beneficios que pueden reducir la tasa efectiva real por debajo del 15%.
¿Qué pasa si la tasa baja del 15%?: Si una filial en Argentina aprovecha una exención y paga menos del 15% efectivo, la diferencia no se quedaría en el país. La pregunta clave es ¿el país de la casa matriz en el exterior se encargará de cobrar ese impuesto faltante, neutralizando el incentivo fiscal local?
Para los grupos multinacionales que operan en el país y superan los 750 millones de euros de facturación global, el Pilar II representa un desafío de compliance y exige reevaluar estratégicamente si un beneficio fiscal en Argentina podría transformarse en un costo tributario en el exterior.
Desde MC Consultoría acompañamos a las organizaciones en el análisis de impacto y la medición precisa de su tasa efectiva local para optimizar sus operaciones bajo estándares internacionales.
¿Estás analizando el impacto del Pilar II en la estructura de tu organización? Quedamos a disposición para ponernos en contacto y evaluar tu caso.






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